La factura electrónica es equivalente a la factura en papel y consiste en la transmisión de las facturas por medios electrónicos (ficheros informáticos) y telemáticos (de un ordenador a otro), firmados digitalmente con certificados reconocidos.
El Anteproyecto de Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información define la factura electrónica como “Un documento electrónico que cumple con los requisitos legal y reglamentariamente exigibles a las facturas y que, además, garantiza la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido, lo que permite atribuir la factura a su obligado tributario emisor”.
De esta definición extendida en todo el mercado, se transmite tres condicionantes para la realización de e-Factura:
– Se necesita un formato electrónico de factura de mayor o menor complejidad (EDIFACT, XML, PDF, html, doc, xls, gif, jpeg o txt, entre otros).
– Es necesario una transmisión telemática (tiene que partir de un ordenador, y ser recogida por otro ordenador).
– Este formato electrónico y transmisión telemática, deben garantizar su integridad y autenticidad a través de una firma electrónica.